La capacidad de incluir

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La atención integral a la primera infancia queda plasmada en FUNDAMIND a través de algunas historias de niños y niñas que logran sobreponerse a dificultades en su desarrollo y disfrutan creciendo junto a sus pares. 

Uriel tiene 4 años y no hace mucho empezó a hablar, caminar y relacionarse con sus pares. Cuando tenía  los 2, le diagnosticaron retraso madurativo. Sin embargo, el panorama se volvió realmente complicado cuando Gabriela, su mamá, vio rechazada la posibilidad de anotarlo en un jardín de infantes.

Cuenta que tuvo varias entrevistas, incluso con la supervisora del Distrito Escolar que corresponde a su barrio, Balvanera. En cada oportunidad se fue con la esperanza de que en “la próxima” vería concretado el ingreso de su hijo al sistema educativo formal. El argumento de la falta de vacantes frenó una y otra vez su esperanza. 

Más allá de la problemática puntual de esta familia, hay más de 11 mil chicos que quedaron sin lugar escuelas públicas de nivel inicial, primario y secundario este año. 

En cualquier caso, los médicos le habían sugerido a Gabriela que anotara a su hijo en una escuela normal, a diferencia de otros casos donde hay indicaciones de llevar a chicos con algún nivel de retraso a escuelas especiales. 

Esto último no deja de generar ciertas controversias, que para ciertas organizaciones y especialistas deben definirse bajo el concepto de educación inclusiva, con la fusión de ambos tipos de establecimientos donde todos los niños y niñas puedan convivir y aprender juntos.

Esto es, en definitiva, lo que encontró Uriel en FUNDAMIND, uno de los primeros Centros de Primera Infancia (CPI) reconocidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y que alberga diariamente a 150 chicos en situación de vulnerabilidad. 

Mediante el Ministerio de Desarrollo Social porteño, llegaron en abril del año pasado a esta fundación donde él niño pudo ser “uno más”. 

Gabriela cuenta que, al poco tiempo de concurrir a la salita, salió del aislamiento, empezó a relacionarse con sus compañeros, comenzó a trabajar con el habla y a moverse sin mayores problemas. “Acá él está bien. Me dieron una mano muy grande, me siento acompañada, no me puedo quejar.”

En la jornada completa recibe atención de la seño, Carolina, y de los distintos profesionales y voluntarios que le dan la posibilidad de aprender, jugar, alimentarse y disfrutar sus derechos a la par de los otros niños. 

“La experiencia es muy linda. Al principio le costó pero terminó adaptándose. Eso es un avance para todos”, resume su mamá, entusiasmada porque Uriel se desenvuelve mucho mejor, no solamente dentro de FUNDAMIND sino también en su casa.

“Cuando incorporamos a los niños a las salitas lo hacemos sin prejuicio alguno. Luego observamos a los pequeños en la rutina y a veces advertimos dificultades muy importantes en su crecimiento y desarrollo. La primera medida que adoptamos es hablar con los papás, sumergirnos con ellos en la historia familiar y en la del niño, para identificar las situaciones existenciales que generaron obstáculos imposibles de sortear para la criatura”, cuenta la coordinadora de Salud de la fundación, Lic. Marisa Mujica.

El procedimiento habitual consiste en elaborar una intervención de urgencia  dentro del CPI, luego orientar a la familia padres para que utilicen los servicios de la obra social –si es que la tienen- y recurrir a los gabinetes centrales del Ministerio de Educación de la Ciudad, a las escuelas públicas de educación especial y a los hospitales y centros de salud más cercanos. “Lo que se busca es obtener un diagnóstico adecuado que nos permita proporcionarle los mejores tratamientos para optimizar el desarrollo de su potencial de vida.”

d5Mujica precisa que “hay diferentes estados en el proceso de adaptación social  de un niño, que hacen que lo rotulemos como discapacitado”. En ese sentido, subraya: “Lo hacemos conscientes que el sistema estatal le proveerá ayuda económica y social y que ese estado de discapacidad puede ser transitorio, porque con la ayuda de todos los que intervenimos irá superándose”.

Finalmente, aunque no se pueda predecir cuál será el grado de escolaridad que alcanzará ese niño y cuál será su desarrollo laboral cuando sea adulto, “estamos seguros que impulsará al máximo todas sus capacidades y habilidades, llegando a ser un ciudadano respetable y una persona feliz.”

Por su parte, la Lic. Georgina Heinberg, psicopedagoga de FUNDAMIND y persona que vive con una discapacidad motriz, diagnosticada hace cinco años (Síndrome EhlersDanlos Tipo III), afirma que “la familia y la escuela deben hacer Escuela Realmente y tristemente esto no sucede en muchas instituciones. Desde lo arquitectónico ya hay una mirada al respecto. Tantos lugares sin rampas o si tienen rampas, existen barreras humanas que coartan el derecho a una educación inclusiva”. “Falta trabajar en materia de discapacidad, principalmente: accesibilidad, autonomía, vivienda, salud y trabajo. En materia de salud, la obra social de las Personas con Discapacidad, hoy “Incluir Salud”antes Profe, actualmente No Incluye, porque los Hijos de madres con discapacidad no son tenidos en cuenta como beneficiarios… Y allí una decepción muy Grande y un derecho a la salud vulnerado en muchas familias. Debe promulgarse urgente una Ley que contemple este asunto”.


Marco jurídico y barreras por romper

d1La educación inclusiva está reconocida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Naciones Unidas en diciembre de 2006 (en mayo de 2008 fue ratificada para la República Argentina por el Congreso Nacional), y cubre tanto a personas que están transitando la primera infancia como a aquellos jóvenes y adultos que pueden insertarse en el sistema laboral o académico a pesar de tener alguna discapacidad. 

La Corte Suprema de Justicia falló en noviembre en esa línea, al rechazar un recurso extraordinario interpuesto por la Universidad Nacional de la Matanza (UNLaM) para impedir inscribirse en el profesorado de Educación Física a un joven que en 2007 había obtenido la licenciatura en esa carrera.   

Es un ejemplo de los obstáculos institucionales que encuentran muchas personas en esta situación, a pesar de aquel marco jurídico descrito, lo cual llevó a más de 80 organizaciones de la sociedad civil a nuclearse en el Grupo Artículo 24 Por la Educación Inclusiva. El nombre hace referencia justamente a la parte de la Convención que ordena a los Estados reconocer el derecho de las personas con discapacidad a la educación, sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades. 

En ese sentido, el texto firmado por los Estados pone como objetivos, entre otros: desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales y físicas; y hacer posible que participen de manera efectiva en una sociedad libre.

Para eso, se debe garantizar que las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad y que los niños y las niñas en particular no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad.

En definitiva, según la Convención, deben poder acceder a una educación inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con los demás, en la comunidad en que vivan. 

La  Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI) subrayó, por cierto, el consenso internacional “respecto a superar el paradigma que consideraba a las personas con discapacidad sujetos incapaces de manejarse en forma autónoma y de aprender o desarrollarse en las mismas condiciones que los demás”.

No obstante -sostiene esta ONG en su análisis sobre la posibilidad de hacer efectiva la educación inclusiva- “la escuela no es ajena a esta situación de productividad y competencia y puede decirse que aporta a ella clasificando, propiciando expectativas de logro y fomentando la competencia para todos los alumnos que en ella entran. Pero respecto de las personas con discapacidad, solo divide aguas, es decir, les ofrece una alternativa especial potenciando aún más la categorización y su estigmatización.”

  • La Ley 26.206 de Educación (2006) garantiza “la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad”. Por otra parte,  propone un capítulo de Educación Especial, a la que define como “la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades.”
  • La CDPD no refiere a la educación especial. Refiere sólo a educación inclusiva.
  • En la Ciudad de Buenos Aires, la ley 5051 (sancionada en septiembre de 2014) consagró a la tercera semana de marzo como la Semana de Concientización para la Promoción de los Derechos de las personas con Síndrome de Down, con la inclusión educativa y laboral como premisas.

A pesar de este marco jurídico, muchas familias encuentran severas dificultades para integrar a sus hijos con discapacidad en la educación formal. Las organizaciones de la sociedad civil se encargan de recibir los centenares de reclamos a comienzo del ciclo lectivo y orientan a madres y padres sobre cómo proceder.
La propia directora general de Educación Privada de la Ciudad, Beatriz Jáuregui, reafirmó hace algunas semanas que ningún establecimiento puede rechazar un pedido de estas características con el argumento de que le faltan recursos para hacer posible la integración.
Una posibilidad, además de recurrir a las organizaciones, es acercarse a esta Dirección, dependiente del Ministerio de Educación porteño, para denunciar el caso. La oficina queda en Avenida Santa Fe 4362, a dos cuadras de Plaza Italia.
Así como existen barreras en el sistema educativo, el cuidado de la salud es muchas veces un problema grande para las familias con chicos con discapacidad. Hace poco se conoció que la Superintendencia de Servicios de Salud archivó un reclamo de la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (Asdra) por el incumplimiento de prepagas y obras sociales en las coberturas integrales para personas con discapacidad, denunció esa ONG, que además recordó la obligación legal que tienen esas prestadoras de “brindar cobertura del 100% en tratamientos relacionados con la discapacidad en las áreas de salud, rehabilitación y educación, entre otras”.

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